Cooperativismo

Principios cooperativos

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Primer principio:

Adhesión Abierta y Voluntaria: Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la condición de socios, sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.

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Tercer principio:

Participación económica de los socios:
Los socios contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, si es que hay, sobre el capital suscripto, como condición de socio. Los socios asignan excedentes para cualquiera o todos los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa, mediante la posible creación de reservas, de las cuales al menos una parte debe ser indivisible; los beneficios para los socios en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades, según lo aprueben los socios.

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Quinto principio:

Educación, entrenamiento y información:
Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus socios, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Las cooperativas informan al público en general, particularmente a los jóvenes y creadores de opinión acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.

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Séptimo principio:

Compromiso con la comunidad: La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus socios.

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Segundo principio:

Control Democrático de los Socios:
Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus socios, quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa, responden ante los socios. En las cooperativas de base, los socios tienen igual derecho de voto (socio, un voto), mientras en las cooperativas de otros niveles también se organizan con procedimientos democráticos.

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Cuarto principio:

Autonomía e independencia:
Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua controladas por sus socios. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantengan la autonomía de la cooperativa.

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Sexto principio:

Cooperación entre cooperativas: Las cooperativas sirven a sus socios más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.

Distintivo:

Se trata de dos pinos dentro de un circulo que representa al sol, fuente de luz y de vida.

Símbolos cooperativos

La nueva bandera que identifica al Cooperativismo, fue adoptada en abril de 2001 por decisión de la Asamblea de la Alianza Cooperativa Internacional – ACI – debido a que la anterior bandera que identificaba al sector cooperativo, es utilizada desde hace varios años para identificar a “grupos no cooperativos”, provocando confusión en diversos países del mundo.

Las cooperativas brindan:

  • Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus miembros, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas.
  • Informan al público en general, particularmente jóvenes y creadores de opinión, acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.
  • Sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
  • Trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros.